En Colombia es necesaria la valoración de la propiedad para ofrecerla como garantía bancaria o cuando el Gobierno va a trazar una carretera y va a expropiar, entre otros. Por eso se lanzó el Registro Abierto de Avaluadores. ¿Qué es y por qué se necesita?

En abril del año pasado se hizo público un caso que, tal y como estaba escrito, se convertiría en el escandaloso antecedente que podría frenar la construcción de carreteras en Colombia. Por estos días se conoció la minucia de una investigación en la que un predio que valía $2.100 millones aparecía avaluado, al parecer por peritos sobornados, en $15.000 millones. El problema es que sobre ese predio se había construido ya el proyecto Malla Vial Valle del Cauca y la familia que había sido expropiada reclamaba, juntando intereses, unos $34.000 millones.

Dos meses después, el entonces fiscal general encargado, Jorge Perdomo, anunció la captura tanto de la jueza como de quien sería el directo beneficiario del pago que debía hacer el Gobierno colombiano. “La Fiscalía, después de una investigación juiciosa, encontró que la jueza decretó la expropiación del bien, amparada en un avalúo comercial muy superior, ostensiblemente superior al precio real, comercial, lo que significaría un detrimento patrimonial para el Estado en cabeza del Inco por unos $40.000 millones”.

Por eso, para evitar que más casos como este vuelvan a tener lugar en los estrados nacionales y, que más aún, pongan en riesgo el capital de los colombianos, este miércoles el Autorregulador Nacional de Avaluadores (ANA), después de un aval de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), habilitó el Registro Abierto de Avaluadores (RAA). Eso, en otras palabras, quiere decir que quienes se encargan de los avalúos de todo tipo de bienes en el país deben inscribirse en dicho registro y cumplir con ciertos requisitos profesionales para poder ejercer, de lo contrario, su labor no será legal y se expondrán a sanciones que superan los $1.000 millones.

“Con el registro se podrá regular y establecer responsabilidades y competencias de los avaluadores en Colombia para prevenir riesgos sociales de importancia como el correcto valor de las garantías bancarias, los valores de compensación en los procesos de expropiación, el valor de los activos de las empresas y el valor de los activos sujetos a partición, entre otros casos”, cuenta Alexandra Suárez, directora Ejecutiva de ANA. “El avaluador inscrito ante el Registro Abierto de Avaluadores podrá ejercer su actividad en todo el territorio nacional y su inscripción podrá ser validada directamente en la página web del RAA o verificación del código QR en cualquier teléfono inteligente”, agrega la organización.

Ramón Madriñán, asesor legal de ANA, asegura que las personas que se registren deberán demostrar “su idoneidad como avaluadores. El sistema emite el certificado y de acuerdo con las normas las entidades públicas deberán empezar a requerir ese certificado y las personas privadas que ejercen tienen hasta mayo de 2018 para registrarse. La ley determina 13 categorías, cinco de ellas para bienes de tipo bienes inmuebles, cinco para bienes muebles y tres para intangibles. Ya con eso las personas van a saber con quiénes se están metiendo para hacer sus avalúos”.

Pero, ¿cómo funcionaba antes?

Había una lista en la Superintendencia de Industria y Comercio, y la ley decía que este ente regulador debía poner los requisitos y las sanciones, pero la Corte Constitucional aseveró que esa decisión era inconstitucional. Entonces, durante años, cualquier persona se podía inscribir porque no tenía que cumplir ningún requisito, pero tampoco tenía sanción. “Era como decirle al mercado que cualquier persona era idónea para hacer avalúos”.

Pero en 2013 apareció la Ley 1673, que establece cuáles son los requisitos y eso es inscribirse ante un autorregular y éste será quien lo pueda sancionar disciplinariamente si violan el código de ética. Lo que ahora se va a saber es quién es idóneo y quién no. “Así el mercado debe funcionar mejor. Y el avaluador que se encuentre en violación del código de ética puede ser suspendido y se le podrá cancelar el registro. De eso nos encargaremos nosotros”, apunta Madriñán. “Y a nosotros nos vigila la SIC”.

Así la cosas, quien ejerza después del 12 de mayo de 2018 y no esté inscrito estará haciéndolo ilegalmente y la SIC les podrá imponer multas de hasta $1.200 millones. María Clara Luque, presidenta de Fedelonjas, advierte que con esta nueva hoja de ruta se logra la “profesionalización del sector inmobiliario. Esperamos consolidar un gran grupo de personas que quieran inscribirse y demostrar la calidad de sus estudios y experiencias para realizar los avalúos”.

Actualmente en Colombia hay unos 11 mil avaluadores, pero tan sólo 2 mil están ejerciendo constantemente. Así que aunque es conservadora, es la más acertada, dicen en la ANA. De tal forma que con el registro las universidades ya están ajustando sus pénsums educativos y se trabaja en el reto de formalizar el sector inmobiliario. “En Colombia se vio la necesidad de reglamentar a los avaluadores y se logró”, apuntó Federico Estrada, gerente de la Lonja de Medellín y Antioquia.

Ahora el reto es que esas personas que no son idóneas para ejercer el oficio de avaluadores salgan del camino para que dejen de poner al Estado contra las cuerdas, como el caso del Valle del Cauca, sino que cuando usted necesite pedir un crédito o simplemente valorar sus bienes, esté en manos confiables, profesionales, y no en las de un estafador.

Fuente: El Espectador