En 5,75 % suben los arrendamientos para vivienda en este 2017
Los cánones de arrendamiento de vivienda urbana durante el 2017, suben el 5,75 por ciento, es decir se elevan el mismo ritmo de la inflación causada durante el 2016, como la estableció la ley de 2003.
La presidenta de Fedelonjas, María Clara Luque, dijo que este ajuste y las condiciones para hacerlo son importantes para el país donde viven en arriendo cerca de 17 millones de colombianos.
La dirigente gremial aclaró que los arrendamientos no se incrementan todos automáticamente en enero de este año, sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o del último ajuste del canon.
“El aumento definido para 2017 es válido siempre y cuando éste no supere el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada, como lo estipula el Artículo 18 de la Ley 820 de 2003”, señaló Luque.
La presidenta de Fedelonjas precisó que los reajustes no aplican para contratos de arrendamiento de bienes inmuebles para uso comercial, cuyo valor e incremento deberá acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó estipulado en el contrato de arrendamiento.
Aclaró que los contratos suscritos antes del 10 de julio de 2003 el incremento del canon no podría superar la meta inflación fijada por el Banco de la República para el 2016, del 3 por ciento.
El incremento del canon es aplicable sólo al momento de la renovación del contrato de arrendamiento, previa comunicación por parte del arrendador.
La notificación de aumento del valor del canon y la fecha en que se empezará a aplicar se debe hacer través del servicio postal autorizado o mediante el mecanismo establecido en el contrato.
El arrendatario puede exigir la terminación del contrato, sin sanciones económicas, si el arrendador eleva el valor del canon por encima de lo establecido por Ley.
El arrendador es libre de aplicar el alza o no hacerla en caso de querer impulsar al arrendatario a mantener el contrato por más tiempo.
Fuente: Caracol Radio